La Generalitat endurece las condiciones para el uso de segadoras y maquinaria agrícola cerca de zonas forestales

La Generalitat Valenciana ha aprobado nuevas limitaciones y medidas preventivas para el uso de segadoras, empacadoras y otra maquinaria agrícola en terrenos forestales y en una franja de hasta 500 metros alrededor de los montes con el objetivo de reducir el riesgo de incendios durante la campaña agrícola de verano.

La nueva resolución de la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, establece una batería de obligaciones que deberán cumplir agricultores y operadores de maquinaria agrícola desde ahora y hasta el próximo 15 de octubre de 2026. La medida afecta especialmente a las labores de siega y recolección de cereal, una actividad que históricamente ha estado vinculada al inicio de numerosos incendios forestales por la generación accidental de chispas.

La normativa se aplica a segadoras, empacadoras, cosechadoras y cualquier otra maquinaria susceptible de producir chispas, deflagraciones o focos de ignición cuando trabaje en terrenos forestales o dentro de la denominada zona de influencia forestal, que se extiende hasta 500 metros alrededor de las masas forestales.

Comunicación previa y consulta obligatoria del riesgo de incendios

Entre las principales novedades destaca la obligación de comunicar previamente la actividad antes de iniciar trabajos de recolección con maquinaria de riesgo. Los operadores deberán informar de la ubicación exacta de los trabajos, el tipo de maquinaria utilizada, la matrícula, la identidad del operador y el horario previsto de trabajo.

Además, será obligatorio consultar diariamente el nivel de preemergencia por riesgo de incendios forestales publicado por la Generalitat antes de comenzar los trabajos y volver a revisarlo si la actividad se prolonga más allá de las 14:00 horas.

La resolución establece tres niveles de riesgo. Con nivel bajo o medio la actividad podrá desarrollarse con normalidad siempre que se disponga de medios de extinción. Con nivel alto se prohíbe trabajar entre las 13:30 y las 18:00 horas, salvo determinadas excepciones bajo estrictas condiciones. Cuando el riesgo sea extremo, la actividad quedará suspendida durante toda la jornada.

Extintores, mochilas de agua y medidas de seguridad obligatorias

Las cosechadoras, segadoras y empacadoras deberán llevar obligatoriamente un extintor homologado de seis kilos, una mochila extintora con capacidad mínima de 15 litros y al menos dos batefuegos. La Generalitat también recomienda disponer de depósitos auxiliares de agua de al menos 400 litros cuando el riesgo sea elevado.

La normativa obliga igualmente a revisar el estado de la maquinaria, instalar sistemas matachispas homologados en los tubos de escape, limpiar periódicamente los restos vegetales acumulados y extremar las precauciones en terrenos pedregosos donde el contacto entre elementos metálicos y piedras pueda generar chispas.

Asimismo, los trabajos deberán suspenderse inmediatamente cuando coincidan tres factores meteorológicos especialmente peligrosos: temperaturas superiores a 30 grados, humedad relativa inferior al 30 % y vientos sostenidos por encima de 30 kilómetros por hora o rachas superiores a 50 kilómetros por hora.

La Generalitat justifica estas medidas por el elevado riesgo de incendios asociado a la campaña de recolección de cereal, especialmente durante los meses de verano, cuando las altas temperaturas, la baja humedad y la presencia de vegetación seca pueden favorecer una rápida propagación del fuego en caso de producirse una chispa accidental. La resolución advierte además de que el incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a sanciones administrativas e incluso a responsabilidades penales en caso de que se origine un incendio forestal por imprudencia o negligencia.

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