La Generalitat endurece las condiciones para el uso de segadoras y maquinaria agrícola cerca de zonas forestales
La Generalitat Valenciana ha aprobado nuevas limitaciones y medidas preventivas para el uso de segadoras, empacadoras y otra maquinaria agrícola en terrenos forestales y en una franja de hasta 500 metros alrededor de los montes con el objetivo de reducir el riesgo de incendios durante la campaña agrícola de verano.
La
nueva resolución de la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales,
publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, establece una
batería de obligaciones que deberán cumplir agricultores y operadores de
maquinaria agrícola desde ahora y hasta el próximo 15 de octubre
de 2026. La medida afecta especialmente a las labores de siega
y recolección de cereal, una actividad que históricamente ha estado vinculada
al inicio de numerosos incendios forestales por la generación accidental de
chispas.
La
normativa se aplica a segadoras, empacadoras, cosechadoras y cualquier otra
maquinaria susceptible de producir chispas, deflagraciones o focos de ignición
cuando trabaje en terrenos forestales o dentro de la denominada zona de
influencia forestal, que se extiende hasta 500 metros alrededor de las masas
forestales.
Comunicación previa y consulta obligatoria del riesgo de incendios
Entre
las principales novedades destaca la obligación de comunicar previamente la
actividad antes de iniciar trabajos de recolección con maquinaria de riesgo.
Los operadores deberán informar de la ubicación exacta de los trabajos, el tipo
de maquinaria utilizada, la matrícula, la identidad del operador y el horario
previsto de trabajo.
Además,
será obligatorio consultar diariamente el nivel de preemergencia por riesgo de
incendios forestales publicado por la Generalitat antes de comenzar los
trabajos y volver a revisarlo si la actividad se prolonga más allá de las 14:00
horas.
La
resolución establece tres niveles de riesgo. Con nivel bajo o medio la
actividad podrá desarrollarse con normalidad siempre que se disponga de medios
de extinción. Con nivel alto se prohíbe trabajar entre las 13:30 y las
18:00 horas, salvo determinadas excepciones bajo estrictas
condiciones. Cuando el riesgo sea extremo, la actividad quedará suspendida
durante toda la jornada.
Extintores, mochilas de agua y medidas de seguridad obligatorias
Las
cosechadoras, segadoras y empacadoras deberán llevar obligatoriamente un
extintor homologado de seis kilos, una mochila extintora con capacidad mínima
de 15 litros y al menos dos batefuegos. La Generalitat también recomienda
disponer de depósitos auxiliares de agua de al menos 400 litros cuando el
riesgo sea elevado.
La
normativa obliga igualmente a revisar el estado de la maquinaria, instalar
sistemas matachispas homologados en los tubos de escape, limpiar periódicamente
los restos vegetales acumulados y extremar las precauciones en terrenos
pedregosos donde el contacto entre elementos metálicos y piedras pueda generar
chispas.
Asimismo,
los trabajos deberán suspenderse inmediatamente cuando coincidan tres factores
meteorológicos especialmente peligrosos: temperaturas superiores a 30 grados,
humedad relativa inferior al 30 % y vientos sostenidos por encima de 30 kilómetros
por hora o rachas superiores a 50 kilómetros por hora.
La
Generalitat justifica estas medidas por el elevado riesgo de incendios asociado
a la campaña de recolección de cereal, especialmente durante los meses de
verano, cuando las altas temperaturas, la baja humedad y la presencia de
vegetación seca pueden favorecer una rápida propagación del fuego en caso de
producirse una chispa accidental. La resolución advierte además de que el
incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a sanciones
administrativas e incluso a responsabilidades penales en caso de que se origine
un incendio forestal por imprudencia o negligencia.






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