La Generalitat recurre el veto del Gobierno a la denominación “Cava de Requena”
La Conselleria de Agricultura y Desarrollo Rural ha interpuesto un recurso a la resolución del Ministerio de Agricultura, del pasado 10 de junio, que no permite el uso de la Denominación de Origen «Cava de Requena», al aprobar la modificación del pliego de condiciones a instancias del Consejo Regulador de la D.O. Cava.
La Generalitat Valenciana alega en el recurso
«discriminación a los operadores valencianos a los que se les impone una
prohibición en la identificación, que no existe para el resto de territorios
productores», según ha informado en un comunicado.
Según argumenta el departamento que dirige Mireia
Mollà, el pliego de condiciones «omite deliberadamente citar «Requena» como
unidad geográfica menor, pese a que la finalidad de la zonificación es la de
otorgar al consumidor y al mercado una más fácil identificación del origen del
cava que consume, como un elemento de valor más del mismo".
El secretario autonómico de Agricultura y Desarrollo
Rural, Roger Llanes, ha afirmado que la Generalitat «ni entiende ni comparte en
absoluto los criterios que se están esgrimiendo para rechazar algo tan obvio y
evidente a todos los efectos como que el cava elaborado en Requena pueda
llamarse Cava de Requena y, precisamente por ello, porque la reivindicación del
sector valenciano es justa, lógica y del todo razonable, vamos a respaldarla en
los tribunales y allí donde sea necesario».
El recurso incide en la «idoneidad» del nombre
Requena, ya que «goza de arraigo, notoriedad y fama», además de cumplir la
normativa europea, que admite el municipio «como base de la identificación
zonal».
El director general de Desarrollo Rural, David
Torres, ha lamentado que la zonificación «pueda servir de excusa para romper
con cuarenta años dedicados a construir y consolidar la reputación de la marca
Requena como zona productora de cava».
La feria del cava valenciano de Requena, la
existencia de la Asociación de Elaboradores de Cava de Requena o el
nombramiento anual del Embajador del Cava de Requena, «son solo algunos
ejemplos de este vínculo manifiesto entre el producto y el territorio de
producción», según Torres.
El escrito de la Generalitat recalca que «realizar
una aplicación torticera» del Reglamento de la UE 1308 puede llevar al
«injusto» de «tergiversarlo», en referencia a justificar la prohibición en la
coincidencia parcial de la subzona Requena con el nombre de la DOP vínica
Utiel-Requena.
Al respecto, alude a la «coexistencia pacífica» de
ambas denominaciones, al «respeto» a los derechos adquiridos por los
elaboradores de cava y a lo expresado por la DOP Utiel-Requena que manifiesta
«no tener ninguna objeción a la identificación de la zona productora de cava
con el nombre de Requena».
Torres ha instado a valorar la propuesta de consenso
de los productores de Requena y se ha mostrado favorable a un diálogo con el
Consejo Regulador y el Ministerio de Agricultura que conduzca a reconocer los
intereses del sector valenciano.
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