El Ayuntamiento aprueba las bases de las Ayudas Paréntesis para apoyar a autónomos y empresas de Marines
Una vez se publique en el BOP empezarán a contar los 10 días naturales para solicitar la ayuda que asciende a un total de 39.319 euros
El Ayuntamiento de Marines ha aprobado las bases de las Ayudas Paréntesis. Una línea dentro del Plan Resistir, puesto en marcha por el Gobierno de la Generalitat Valenciana siendo unas medidas pioneras en toda España.
Unas ayudas que nacen con el apoyo y la aportación de la Generalitat
Valenciana, la Diputación de Valencia y los propios ayuntamientos. En concreto,
la cuantía destinada a atender estas subvenciones, se financiará en un 15 % con
cargo al Presupuesto General Municipal para el ejercicio 2021, y el resto con
la aportación de un 62,5% realizada por la Generalitat y por la Diputacion
Provincial de Valencia en el 22,5 % restante. El Importe total de las ayudas
asciende a 39.319,00 €.
“Son momentos difíciles por la situación de la
pandemia, además de responder a nivel sanitario tenemos que dar cobertura a las
empresas y l@s autónom@s que lo están sufriendo. Hemos hecho un esfuerzo las
tres administraciones públicas y vamos a ayudar a aliviar un poco la situación
económica y financiera de los sectores más afectados por la Covid-19”, ha
explicado la alcaldesa de Marines, Lola Celda.
La finalidad perseguida con las Ayudas Paréntesis es
la concesión directa de las ayudas económicas a los autónomos y microempresas
para contribuir al sostenimiento de los gastos corrientes habituales que estos
negocios han seguido soportando pese a la carencia o disminución de ingresos
experimentada, contribuyendo así a su viabilidad económica, evitando en lo
posible consecuencias irreversibles para la economía y desarrollo empresarial y
comercial del municipio. Unas ayudas compatibles con otras que conceda la
Generalitat Valenciana.
Para poder optar a estas ayudas es necesario cumplir
una serie de requisitos; entre los que se encuentra, que la actividad económica
sea desarrollada por un autónomo/a o una microempresa que no tengan más de 10
trabajadores/as en su plantilla que estén dados de alta en el régimen de la
seguridad social o en la mutua profesional correspondiente y en la Agencia
Estatal de Administración Tributaria a fecha 31 de diciembre de 2020. Que
figuren de alta en la matrícula municipal del Impuesto de Actividades
Económicas (IAE) de este municipio a fecha 31/12/2020 en uno o varios de los
epígrafes a los que se refiere el Anexo I de la convocatoria (se podrá
consultar toda la información en la página web www.marines.es).
Además, los beneficiaros deben figurar en el listado
de exentos del IAE de este municipio por aplicación de los requisitos legales
vigentes para ello siempre que figuren de alta en el Censo de empresarios,
profesionales y retenedores. Que la actividad se ejerza en el término municipal
de Marines. En caso de no tener local afecto a la actividad, el domicilio
fiscal deberá encontrarse en el término municipal de Marines a fecha 31 de diciembre
de 2020; entre otros.
Cuantía
El tope máximo por autónomo/a o microempresa con un
máximo de 10 trabajadores será de 2.000€. En los casos en que existan dos
autónomos por un mismo negocio, únicamente se contabilizará uno de ellos,
entendiendo que el segundo es colaborador.
Esta cantidad se incrementará en 200€ por
trabajador/a afiliado/a y de alta en la Seguridad Social a fecha 31 de
diciembre de 2020 de dichas microempresas y autónomos/as. Este importe también
podrá ser aplicado al autónomo colaborador, al que se ha hecho referencia en el
apartado anterior, siempre que se cumpla con los requisitos para ello. En
ningún caso el importe de las ayudas podrá ser superior al importe de los gastos
justificados por los beneficiarios.
Se podrán justificar, siempre mediante factura,
gastos de arrendamiento del local comercial; las compras de mercancías y
aprovisionamientos; gastos en suministros de energía eléctrica, agua, gas y
comunicaciones; gastos de reparaciones y conservación, piezas, recambios y
consumibles de oficina, servicios de profesionales independientes; gastos de
personal en sueldos, salarios y cuotas a la seguridad social del empresario
individual o las cuotas a cargo de la empresa (cuota patronal); gastos de
intereses de hipotecas vinculadas al establecimiento comercial y otros gastos
corrientes vinculados a la actividad.
La participación en el presente Plan de ayudas por
parte de los beneficiarios requerirá la presentación del modelo normalizado de
solicitud de ayuda (podrás descargar en www.marines.es) en el plazo de 10 días
naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP).
La solicitud de la subvención se presentará
preferiblemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Marines o
de forma presencial con cita previa que se solicitará telefónicamente.
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