El Consell aprueba la cesión de un inmueble al Ayuntamiento de Llíria para su uso como parking gratuito
+ TURIA | La cesión del inmueble, situado en la
calle dels Furs, se realiza por un periodo de cinco años | El ayuntamiento
proyecta destinar el solar en un futuro a la construcción de una escuela
infantil municipal
El Consell ha acordado
la cesión gratuita del uso al Ayuntamiento de Llíria del inmueble propiedad de
la Generalitat situado en la avenida dels Furs, número 1, durante un periodo de
cinco años.
El Ayuntamiento de
Llíria ha solicitado la cesión del uso de este inmueble, conocido como La
Cultural, con el fin de asfaltarlo y destinarlo a aparcamiento gratuito. No
obstante, la finalidad del uso solicitado es de carácter temporal dado que se
prevé la futura construcción de una escuela infantil municipal que implicará la
solicitud de una nueva cesión para destinarlo a tal fin.
La cesión queda sujeta a
que el ayuntamiento proceda a la aceptación del inmueble mediante la adopción
del correspondiente acuerdo del Pleno, en el plazo de dos meses a contar desde
el día de la notificación del acuerdo del Consell.
Además, el ayuntamiento
deberá destinar única y exclusivamente el inmueble a aparcamiento gratuito
durante todo el plazo de tiempo por el que se le cede, y no podrá arrendar ni
transmitir por ningún título a favor de un tercero el derecho de uso cedido.
No obstante, podrán efectuarse
las contrataciones necesarias con base en lo dispuesto en la legislación
reguladora de los contratos del sector público, y comunicar a esta
administración el acuerdo que se adopte sobre este tema.
Asimismo, el
Ayuntamiento de Llíria deberá llevar a cabo el mantenimiento, conservación,
adecuación y reparaciones del inmueble durante todo el plazo de la cesión y
hacerse cargo de estos gastos, así como el pago de los impuestos y otras
exacciones fiscales, entre ellas el IBI, que se deriven del inmueble objeto de
cesión durante el mencionado plazo de cinco años de cesión.
En el caso de realizar
obras para rehabilitar o adaptar las instalaciones al uso previsto tendrá que
presentarse previamente la documentación técnica necesaria para su aprobación
por los servicios técnicos de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.
Por último, la cesión
contempla que todas las responsabilidades inherentes a la adecuación del
inmueble, puesta en funcionamiento, mantenimiento, conservación, reparaciones y
explotación de la construcción serán por cuenta del cesionario, que, en
consecuencia, asumirá cualquier responsabilidad derivada del uso del inmueble
durante todo el periodo de la cesión.
Transcurrido el plazo de
la cesión o dejadas de cumplir las condiciones de la cesión o, si los bienes
cedidos no se destinan al uso previsto, se entenderá resuelta automáticamente
la cesión y revertirán en la Generalitat con todas las mejoras realizadas.
Asimismo, se establece
que será la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico la rsponsable de llevar
a cabo los trámites necesarios para la efectividad de lo dispuesto en el
acuerdo de cesión.
Cabe recordar que el
artículo 91 de la Ley 14/2003, de 10 de abril, de patrimonio de la Generalitat,
establece que el uso de los bienes patrimoniales de la Generalitat, el uso o la
afectación de los cuales no se juzgue previsible, podrán ser cedidos
gratuitamente por el Consell a favor de otras administraciones públicas,
entidades de derecho público o entidades sin ánimo de lucro por un plazo máximo
de treinta años, para finalidades de utilidad pública o interés social que
redunden directamente en beneficio de los habitantes de la Comunitat
Valenciana.
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