El Consell aprueba la cesión de un inmueble al Ayuntamiento de Llíria para su uso como parking gratuito


+ TURIA | La cesión del inmueble, situado en la calle dels Furs, se realiza por un periodo de cinco años | El ayuntamiento proyecta destinar el solar en un futuro a la construcción de una escuela infantil municipal
El Consell ha acordado la cesión gratuita del uso al Ayuntamiento de Llíria del inmueble propiedad de la Generalitat situado en la avenida dels Furs, número 1, durante un periodo de cinco años.

El Ayuntamiento de Llíria ha solicitado la cesión del uso de este inmueble, conocido como La Cultural, con el fin de asfaltarlo y destinarlo a aparcamiento gratuito. No obstante, la finalidad del uso solicitado es de carácter temporal dado que se prevé la futura construcción de una escuela infantil municipal que implicará la solicitud de una nueva cesión para destinarlo a tal fin.
La cesión queda sujeta a que el ayuntamiento proceda a la aceptación del inmueble mediante la adopción del correspondiente acuerdo del Pleno, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la notificación del acuerdo del Consell.
Además, el ayuntamiento deberá destinar única y exclusivamente el inmueble a aparcamiento gratuito durante todo el plazo de tiempo por el que se le cede, y no podrá arrendar ni transmitir por ningún título a favor de un tercero el derecho de uso cedido.
No obstante, podrán efectuarse las contrataciones necesarias con base en lo dispuesto en la legislación reguladora de los contratos del sector público, y comunicar a esta administración el acuerdo que se adopte sobre este tema.
Asimismo, el Ayuntamiento de Llíria deberá llevar a cabo el mantenimiento, conservación, adecuación y reparaciones del inmueble durante todo el plazo de la cesión y hacerse cargo de estos gastos, así como el pago de los impuestos y otras exacciones fiscales, entre ellas el IBI, que se deriven del inmueble objeto de cesión durante el mencionado plazo de cinco años de cesión.
En el caso de realizar obras para rehabilitar o adaptar las instalaciones al uso previsto tendrá que presentarse previamente la documentación técnica necesaria para su aprobación por los servicios técnicos de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.
Por último, la cesión contempla que todas las responsabilidades inherentes a la adecuación del inmueble, puesta en funcionamiento, mantenimiento, conservación, reparaciones y explotación de la construcción serán por cuenta del cesionario, que, en consecuencia, asumirá cualquier responsabilidad derivada del uso del inmueble durante todo el periodo de la cesión.
Transcurrido el plazo de la cesión o dejadas de cumplir las condiciones de la cesión o, si los bienes cedidos no se destinan al uso previsto, se entenderá resuelta automáticamente la cesión y revertirán en la Generalitat con todas las mejoras realizadas.
Asimismo, se establece que será la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico la rsponsable de llevar a cabo los trámites necesarios para la efectividad de lo dispuesto en el acuerdo de cesión.
Cabe recordar que el artículo 91 de la Ley 14/2003, de 10 de abril, de patrimonio de la Generalitat, establece que el uso de los bienes patrimoniales de la Generalitat, el uso o la afectación de los cuales no se juzgue previsible, podrán ser cedidos gratuitamente por el Consell a favor de otras administraciones públicas, entidades de derecho público o entidades sin ánimo de lucro por un plazo máximo de treinta años, para finalidades de utilidad pública o interés social que redunden directamente en beneficio de los habitantes de la Comunitat Valenciana.
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