La “Ley Climática” prohibirá nuevas prospecciones de hidrocarburos en el Mediterráneo
+ TURIA | Cinco años antes del final de una concesión
la empresa deberá presentar un informe sobre el potencial de reconversión de
sus instalaciones o de otros usos del subsuelo
El anteproyecto de Ley
de Cambio Climático y Transición Energética establece que no se otorgarán
nuevas autorizaciones de exploración, permisos de investigación y concesiones
de explotación de hidrocarburos en todo el territorio nacional una vez que entre
en vigor la normativa.
Esta disposición afecta
también al mar territorial, la zona económica exclusiva y la plataforma
continental, y se alinea con las demandas de las organizaciones ecologistas que
vienen reclamando la prohibición de sondeos petrolíferos en zonas del país como
Canarias y el Mediterráneo.
En el último borrador de
esta ley, recién presentado por el Gobierno al Consejo Asesor de Medio Ambiente
(CAMA) para su posterior trámite parlamentario, quedan excluidas las
solicitudes de concesión de explotación asociadas a permisos de investigación
ya en tramitación antes de la entrada en vigor de la normativa.
Este tipo de supuestos
se regirán por la ley que estuviera aplicable en el momento en el que se otorgó
dicho permiso, a excepción de la posibilidad de prórroga que queda excluida
expresamente.
Una vez que la ley esté
operativa tampoco se otorgarán nuevas autorizaciones en el territorio español
para actividades de explotación de hidrocarburos donde esté previsto el uso de
la fracturación hidráulica de alto volumen, conocido como "fracking".
Se precisa que cinco
años antes del final de la vigencia de una concesión de explotación, el
operador de la misma presentará ante el Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico un informe reflejando el potencial de reconversión de sus
instalaciones o de otros usos del subsuelo, incluida la energía geotérmica u
otras actividades económicas y en particular las energías renovables.
Los permisos de
investigación y las concesiones de explotación de yacimientos de hidrocarburos
ya vigentes que se encuentren en el mar territorial, la zona económica
exclusiva y la plataforma continental no podrán prorrogarse en ningún caso más
allá del 31 de diciembre de 2042.
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