El Consell crea los consejos forestales de demarcación en la Comunitat Valenciana
+ TURIA | En total son 12 las demarcaciones
previstas por la Ley forestal y por el Plan de Acción Territorial Forestal de
la Comunitat Valenciana | Llíria y Chelva aglutinarán a las comarcas del Camp
de Túria, la Serranía y el Rincón de Ademuz
El Pleno del Consell ha
aprobado la creación de los consejos forestales de demarcación con el objeto de
poner en marcha un espacio de desarrollo y regulación de los aspectos más
relevantes que deben recoger estos órganos consultivos en materia forestal.
Concretamente, se van a
crear en las 12 demarcaciones forestales, previstas por la Ley forestal y por
el Plan de Acción Territorial Forestal de la Comunitat Valenciana, con el
objeto de fomentar la coordinación y participación ciudadana.
De esta manera,
comenzarán a funcionar los Consejos Forestales de San Mateu, Segorbe y Vall
d'Alba, en la provincia de Castellón; Llíria, Chelva, Enguera, Requena, Polinyà
de Xúquer y Xàtiva, en la de Valencia; Alcoy, Crevillent y Altea en Alicante.
Entre otras funciones,
la labor de estos consejos será la de informar sobre la elaboración y el
desarrollo del Plan de Ordenación de los recursos forestales; la divulgación de
medidas de comunicación, participación y educación ambiental en la sociedad; y
la propuesta de todas aquellas actuaciones que mejoren la regulación y el
cumplimiento de la normativa forestal.
Los consejos forestales
trabajarán de manera coordinada con la Consellería de Agricultura, Desarrollo
Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica y, especialmente, con la
Mesa Forestal de la Comunitat Valenciana.
Cada consejo estará
presidido por el director o la directora territorial con competencias en
materia forestal de la provincia, y lo integrarán: un presidente o presidenta;
un vicepresidente o vicepresidenta; un técnico o técnica de la administración
forestal; un o una agente medioambiental; tres representantes de ayuntamientos;
un o una representante de organizaciones de propietarios privados; un o una
representante de asociaciones agrícolas y ganaderas, de asociaciones
empresariales valencianas del ámbito forestal y de organizaciones no
gubernamentales.
Los miembros de los
consejos serán nombrados para un período de cuatro años. Deberán reunirse, al
menos, una vez al año y siempre que lo requiera el ejercicio de sus funciones,
además de las posibles reuniones de carácter extraordinario.
Todo ello para crear un
órgano de comunicación que permita informar a los poderes públicos de las
iniciativas, demandas y sugerencias en materia forestal.
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