El Consell aprueba de urgencia una línea de ayudas directas de 200 millones de euros para las personas y los municipios afectados por la DANA
El Pleno del Consell ha aprobado dos decretos para
la concesión directa de ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de
primera necesidad de las personas físicas y para la cobertura de los daños
producidos en los municipios que se han sido afectados por la Depresión Aislada
en Niveles Altos (DANA) que se produjo el 29 de octubre en la Comunitat
Valenciana.
Con estas ayudas, el Consell responde a la necesidad
de proveer de los medios indispensables que requieren en estos difíciles
momentos las personas y los municipios más directamente afectadas por el
temporal de viento y lluvias.
Los ciudadanos y ayuntamientos que podrán acogerse a
estas ayudas son los pertenecientes a Alaquàs, Albal, Albalat de la Ribera,
Alborache, Alcàsser, l’Alcúdia, Aldaia, Alfafar, Alfarb, Algemesí, Alginet,
Almussafes, Alzira, Benetússer, Benicull de Xúquer, Benifaió, Beniparrell, Bétera,
Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Carlet, Catadau, Catarroja, Caudete de
las Fuentes, Chera, Cheste, Chiva, Corbera, Cullera, Dos Aguas, Favara,
Fortaleny, Fuenterrobles, Gestalgar, Godelleta, Guadassuar, Llaurí, Llíria,
Llocnou de la Corona, Llombai, Loriguilla, Macastre, Manises, Massanassa,
Mislata, Montroi, Montserrat, Paiporta, Paterna, Pedralba, Picanya, Picassent,
Polinyà de Xúquer, Quart de Poblet, Real, Requena, Riba-roja de Túria, Riola,
Sedaví, Siete Aguas, Silla, Sinarcas, Sollana, Sot de Chera, Sueca, Tavernes de
la Valldigna, Torrent, Turís, Utiel, València, Vilamarxant, Xirivella y Yátova
Decreto para las personas afectadas
El Pleno del Consell ha aprobado el decreto por el
que destina 200 millones de euros en ayudas directas para las personas
afectadas por la DANA. En concreto, el importe de la ayuda por vivienda será de
6.000 euros.
Las personas cuya vivienda haya sufrido daños como
consecuencia del temporal, y se encuentre dentro de los términos municipales
damnificados, podrán solicitar la subvención desde la fecha de publicación del
decreto hasta el 16 de diciembre de 2024. Cabe destacar que las ayudas son
compatibles con otras ayudas que puedan conceder se por otras administraciones
públicas.
La persona solicitante deberá aportar el título
jurídico que le habilita para hacer uso de la vivienda o documento con valor
probatorio de residencia en la vivienda afectada; declaración responsable del
domicilio exacto de la vivienda afectada, así como declaración de conformidad
con las bases reguladoras, así como la documentación acreditativa para domiciliación
bancaria.
Se podrá presentar también la solicitud de ayuda
adjuntando un certificado del Ayuntamiento de la localidad donde se ubique la
vivienda.
La documentación, debidamente cumplimentada y
firmada, deberá presentarse en las oficinas de coordinación de la
postemergencia creadas por la Generalitat, a estos efectos, o, en su caso, en
las oficinas habilitadas por la Generalitat, preferentemente en la de la
localidad en la cual se ubica la vivienda. Asimismo, podrán presentarse de
manera telemática en el portal de la Generalitat.
Ayudas directas a municipios
El segundo decreto que ha aprobado el Consell ha
sido la concesión de ayudas directas a los municipios por los daños en bienes e
infraestructuras producidos por el temporal.
La línea económica será de 50.000.000 euros, de los
cuales 20.000.000 euros se consignarán en el presupuesto de la Generalitat para
el ejercicio 2024, y los otros 30.000.000 euros, en el presupuesto de la Generalitat
para el ejercicio 2025.
La partida presupuestaria se destina a cubrir los
gastos urgentes y extraordinarios tanto corrientes como de personal que hayan
debido acometer y a la cobertura de los gastos derivados de actuaciones
inaplazables en situación de emergencia, llevados a cabo en el mismo momento de
producirse esta o en los inmediatamente posteriores a la finalización de los
hechos causantes, siempre que su objeto sea el funcionamiento de los servicios
públicos esenciales e imprescindibles para garantizar la vida y la seguridad de
las personas.
El pago de las cuantías otorgadas a los
ayuntamientos se realizará mediante el libramiento de la cantidad mínima
inicial de 200.000 euros para cada uno de los municipios afectados por el
temporal.
La gestión de esta ayuda se canalizará mediante la
Comisión Interdepartamental para el Seguimiento y Coordinación de la
Postemergencia y la Oficina Única Postemergencia, para el seguimiento y
coordinación de las actuaciones posteriores a una catástrofe o emergencia, tal
y como recoge la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión
de Emergencias de la Comunitat Valenciana.
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