La FFCV flexibiliza la alineación de jugadores en equipos de pueblos pequeños
La FFCV ha remitido a los clubs las modificaciones
del Reglamento General entre las que cabe destacar que los clubs de municìpios
de menos de 15.000 habitantes podrán alinear hasta cuatro jugadores de
categoría inferior a la superior (por ejemplo cuatro cadetes en un equipo
juvenil) aún cuando el club tenga equipo en la categoría inferior, en este
caso, cadete.
Modificación “Artículo 137.- Licencia de Futbolista
Aficionado o Aficionada.
1.- Los o las futbolistas no profesionales o
aficionadas pueden solicitar licencia A,FA, AS y ASF, sin límite alguno de
edad.
2.- En poblaciones con censo inferior a quince mil
habitantes, se autoriza la inscripción y alineación de hasta cuatro futbolistas
juveniles en competiciones de aficionados o aficionadas, cuatro cadetes en
juveniles, cuatro infantiles en cadetes, cuatroalevines en infantiles, cuatro
benjamines en alevines o cuatro prebenjamines en benjamines, aun cuando el club
de que se trate disponga de equipos en la categoría inferior. Se entenderá como
tal censo, a los fines del presente artículo, el que resulte del padrón
municipal de habitantes.
La posibilidad prevista en el párrafo anterior no se
aplicará a las competiciones de la especialidad de Fútbol Sala. Tampoco se
aplicará a las competiciones de Fútbol Femenino, hasta que el número de
licencias en estas últimas competiciones permita su organización por categorías.
Los futbolistas que dispongan de licencia con un
equipo de categoría superior a la que por edad le corresponde, tal como se
permite en este apartado, tan solo podrán disputar encuentros con dicho equipo
o con otro equipo de superior categoría, siempre y cuando el presente
Reglamento General y normativa federativa, entre ella circulares de
competición, se lo permita. En ningún caso podrán disputar encuentros con
equipo de categoría inferior a aquel por el que tiene suscrita licencia, con
independencia de la denominación que aparezca en su licencia federativa. Esta
limitación no se aplicara en aquellas competiciones de Fútbol Femenino en las
que, mediante circular de competición se disponga otra cosa, en atención a su
naturaleza, en aras de su promoción y buen fin de la competición”.
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