El Tribunal Supremo estudiará la exclusión de les Moles de Paterna del Parque Natural del Turia
El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite los
recursos de casación presentados contra la decisión del Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que dejaba fuera del parque natural
del Turia les Moles de Paterna, según ha informado la Coordinadora per la
Protecció de les Moles.
Acció Ecologista-Agró presentó estos recursos de
casación contra las dos sentencias del TSJCV que la razón al Ayuntamiento de
Paterna y a una mercantil al considerar, como planteaban estas dos partes, que
no quedaba acreditado el "valor ecológico" de los suelos de Les Moles
incluidos el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del parque
natural del Turia.
El Supremo explica en los autos que ha emitido para
admitir a trámite los recursos contra estos fallos, consultados por Europa
Press, que "la cuestión que presenta interés casacional" consiste en
"determinar la incidencia de la existencia de discontinuidades físicas en
los distintos elementos que pudieran conformar un sistema natural a los efectos
de su consideración como espacio natural protegido".
La organización ecologista fundamentó sus recursos
en la infracción del artículo 18 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, ha precisado la Coordinadora per a la
Protecció de les Moles. Así, ha expuesto que la citada entidad argumentó que la
sentencia del TSJCV aplicaba "incorrectamente la noción de conectividad
ecológica, centrándose únicamente en la continuidad física del espacio
natural".
La Coordinadora per la Protecció de les Moles ha
destacado que ya manifestó su desacuerdo con las citadas sentencias al
considerar que "se había confundido la conectividad ecológica con la
conectividad física y móvil, ignorando que la interrupción provocada por"
la infraestructura viaria del "by-pass no es un impedimento para la
mayoría de fauna ni para las plantas".
Este colectivo ha apuntado también que el fallo
"no considera la existencia de numerosos túneles y pasos subterráneos que
facilitan el tránsito de la fauna" de un lado a otro de los citados
espacios naturales. Así, ha argumentado que "la concepción de espacio
protegido aplicada en la sentencia no aplica los fundamentos de sistema
ecológico, que es el precepto legal aplicado por el decreto anulado por la
sentencia".
La coordinadora ha resaltado que también cuestionó
que las citadas decisiones judiciales admitieran "como válidos argumentos
elaborados por una arquitecta del Ayuntamiento de Paterna, sin cualificación
ambiental" y que, "en cambio, no diera el mismo valor a los informes
de los expertos en ciencias biológicas".
Las normas que serán objeto de interpretación
incluyen, ha agregado la entidad en defensa de les Moles, "los artículos
18 y 28 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad".
"La sentencia podría extenderse a otras normas
si así lo exige el debate durante el recurso", ha añadido. Los
conservacionistas han expuesto que pretenden "demostrar que las sentencias
del TSJCV no han aplicado correctamente la normativa europea de protección de
la naturaleza".
La Coordinadora per la Protecció de les Moles ha
asegurado que con la admisión a trámite anunciada por el Tribunal Supremo se
"abre la puerta a una revisión en profundidad de los criterios de
protección de espacios naturales" y, "en particular, a la
consideración de la conectividad ecológica frente a la continuidad
física".
"Esto podría sentar un precedente significativo
para la protección de áreas naturales vulnerables en toda España", ha
manifestado este colectivo, que ha señalado que "les Moles de Paterna
pueden acabar generando jurisprudencia".
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