Más de 600 ganaderos valencianos recibirán 3,9 millones por la ayuda extraordinaria de la sequía
Un total de 610 ganaderos de la Comunitat Valenciana
recibirán en octubre 3.902.476 euros por la ayuda extraordinaria de la sequía.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado el listado
definitivo de los 70.267 titulares de explotaciones ganaderas que van a recibir
en toda España la ayuda extraordinaria para compensar la situación debida a la
sequía y a las condiciones derivadas del conflicto bélico en Ucrania, por un
importe de 332,3 millones de euros.
Las ayudas serán ingresadas en las cuentas bancarias
de los ganaderos en el mes de octubre, según ha informado el Ministerio en un
comunicado. La cifra de toda España representa el 94 por ciento del presupuesto
total asignado a esta línea de apoyo de 355 millones de euros. Esta ayuda fue aprobada
por el Gobierno mediante el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que
se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la
sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del
conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas.
Esta ayuda extraordinaria se concede de oficio a sus
beneficiarios, productores de carne de vacuno (vacas nodrizas), de ovino y de
caprino, así como de leche de vaca, oveja y cabra que hayan sido beneficiarios
de ayudas asociadas a la ganadería con base la solicitud única de las ayudas de
la Política Agrícola Común (PAC) de la campaña 2022 y que fueran titulares de
explotaciones dadas de alta a 30 de abril de 2023. La ayuda se concede cuando
el importe a percibir resulte igual o superior a los 200 euros.
En la resolución del mes de julio, en base a los
datos provisionales de explotaciones ganaderas subvencionables y al número de
animales elegibles para esta ayuda, y para evitar superar la cuantía máxima
estimada por especie y orientación productiva, se realizó un ajuste lineal de
los importes unitarios por cabeza para las zonas de afección alta de sequía que
se indicaban en el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo.
De esta forma, se establecieron los importes de
143,43 euros por vaca de carne (nodriza); oveja y cabra de carne, 15,89 euros;
vaca de leche, 52,12 euros y oveja y cabra de leche, 8,66 euros. Las
explotaciones que cuenten con la mayor parte de sus animales potencialmente
subvencionables en la campaña 2022 en las comunidades autónomas establecidas
como zonas de afección media de sequía, recibirán el 50% de los importes
previstos para cada especie y orientación productiva, mientras que las de
afección moderada percibirán el 25% .
Para los productores de leche de vaca se establece
un máximo de 725 animales subvencionables por beneficiario. Los productores de
vacas nodrizas percibirán el 100% del importe unitario para las 250 primeras
vacas y un 50% para el resto del censo.
Los productores de ovejas y cabras percibirán el
100% de los importes respectivos para los primeros 2.000 animales, y el 50%
para el resto de sus animales elegibles.
Finalizado el plazo de presentación de alegaciones a
las resoluciones provisionales de 4 y 21 de julio, se ha establecido un grupo
de beneficiarios que no han ejercido las facultades de rechazo de la ayuda o no
presentaron alegaciones, o si lo hicieron no requieren de un análisis detallado
de las mismas.
Una vez verificado que se encuentran al corriente de
sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, se les ha concedido la
ayuda. En el tablón de anuncios de la sede electrónica del Fondo Español de
Garantía Agraria (FEGA) se puede consultar la relación de los titulares de
explotaciones ganaderas, el número de cabezas de ganado computadas y el importe
de la ayuda a percibir.
La resolución recoge igualmente aquellos titulares a
los que no se les ha realizado el pago por haberse detectado que no están al
corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. En el
plazo máximo de un mes desde la publicación de la resolución, se realizará una
segunda comprobación para verificar si han subsanado este aspecto, y aquellos
que lo hayan hecho podrán recibir la ayuda.
En el caso de titulares que hayan presentado
alegaciones sobre aspectos relacionados con la zona de afección, titulares de
la explotación o número de animales, estas serán remitidas a las comunidades
autónomas para sus análisis. Posteriormente, se procederá a la resolución de
las mismas y, si procede, al pago de la ayuda correspondiente.
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