Pedralba denuncia defectos graves en la tramitación del PORN del Parque Natural del Turia

La modificación carece de un estudio Económico-Financiero que refleje los costes de implementación del PORN, no consta el informe de impacto de género y tampoco disposiciones transitorias

El Ayuntamiento de Pedralba ha advertido graves defectos en la tramitación del procedimiento de Modificación del Plan de recursos naturales (PORN) del Parque Natural del Turia y así lo comunicó el pasado viernes día 16 de Abril a la Dirección General del Medi Natural de Evaluación, a la Abogacía de la Generalitat y al Consell Jurídic Consultiu, mediante las alegaciones presentadas por la alcaldesa, Sandra Turégano.

En el escrito presentado, el Ayuntamiento denuncia que el proyecto de modificación del PORN carece de un estudio Económico-Financiero sobre los costes de implementación del PORN, tampoco consta de documento que indique los instrumentos de ordenación territorial o física que deben ser modificados y los plazos para dicha modificación ni el preceptivo informe de impacto de género.

El documento de la Conselleria incumple las exigencias de la Ley 11/94 de Espacios Protegidos al no incluir el estudio Económico- Financiero que refleje los costes de implementación del PORN y la repercusión económica que comporta para las propiedades afectadas y para los municipios que deberán desarrollarlo. No se prevé tampoco las posibles responsabilidades patrimoniales que para la administración autonómica puede conllevar la aprobación del programa, con motivo de la limitación de derechos de la propiedad, desclasificaciones de suelo, o incompatibilidad que se pueda derivar respecto de proyectos de obra en ejecución.

Esta exigencia normativa no es caprichosa, sino que cobra especial relevancia cuando la implementación del PORN afecta e imposibilita, como en este caso, la ejecución de proyectos en tramitación.

La alcaldesa de Pedralba indica que es el caso del proyecto de la Variante Sur de Pedralba, que ya cuentan con una importante inversión económica, y cuya supuesta incompatibilidad con las determinaciones del PORN, pueden derivar en importantes reclamaciones en concepto de responsabilidad patrimonial a la Generalitat Valenciana, con motivo de los enormes perjuicios causados (tanto a la Diputación de Valencia, como órgano responsable del proyecto, como al municipio de Pedralba y a su población).

Por todo ello, es fundamental la incorporación al expediente administrativo del preceptivo informe económico-financiero para valorar los graves perjuicios económicos que se pueden derivar en casos como el del municipio de Pedralba, que lleva más de siete años esperando la ejecución del Proyecto de la carretera Variante Sur CV-377 (V-175) de Pedralba, que se encuentra aprobado mediante Decreto nº 9289 de fecha 13 de noviembre de 2014, de la Diputación provincial de Valencia, y pendiente de ejecución a fecha de hoy.

Por otra parte, tampoco consta documento que indique los instrumentos de ordenación territorial o física que deben ser modificados y los plazos para dicha modificación ni ninguna ‘disposición transitoria’, que determine cual es régimen aplicable respecto de los proyectos aprobados que resulten incompatibles con las determinaciones del PORN.

Por último, la modificación no cuenta con el preceptivo informe de impacto de género, en los términos exigidos en el art. 19 de la Ley orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en la Ley 30/2003 de 13 de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno.

Por estos motivos, el Ayuntamiento de Pedralba advierte que tal y como está redactado el documento se puede derivar la nulidad de pleno derecho, como ya ha ocurrido en idénticos casos y recuerda la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 11 de febrero de 2021, que declara la NULIDAD DE PLENO DERECHO del Plan de acción de acción territorial de la infraestructura del litoral de la Comunidad valenciana (PATIVEL).

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