La Generalitat Valenciana permite abrir los mercadillos para vender productos de primera necesidad
+ TURIA | Se marcará un distanciamiento de dos
metros entre el puesto de venta y la clientela | Deberán disponer de un
dispensador de hidrogel o cualquier otro tipo de desinfectante | Solo los
vendedores podrán tocar el género, usando siempre guantes de protección y
mascarilla
La Generalitat
Valenciana permitirá a partir del próximo jueves, 30 de abril, la actividad de
mercados no sedentarios exclusivamente para la venta de productos de primera
necesidad, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos de seguridad.
Así lo ha aprobado este
viernes la Conselleria de Sanidad Universal en una resolución en la que
defiende que «mediante el decreto por el que se declara el estado de alarma se
establece la necesidad de mantener la apertura de todos aquellos
establecimientos especialmente comerciales minoristas de alimentación, bebidas,
productos y bienes de primera necesidad». «Los mercados no sedentarios (o
semanales) concentran también esa venta minorista», reconoce la administración.
Por ello, ha resuelto
que los mercados de venta no sedentaria podrán adaptarse o mantener su
actividad en los lugares donde habitualmente se celebren, sean espacios
cubiertos o no, si el recinto está «totalmente delimitado con vallas o
cualquier otro medio que permita marcar de forma clara los límites del espacio,
donde se pueda garantizar el control de afluencia, la separación de
establecimientos y el distanciamiento social».
Así, en el caso de los
espacios no cubiertos, se delimitarán con vallas y se tendrá que controlar la
entrada y salida de personas para evitar aglomeraciones. De no ser posible, la
resolución contempla que se trasladen a instalaciones deportivas o de otro tipo
que permitan controlar el aforo.
La Conselleria establece
que solo se permitirá la actividad a puestos de venta de productos de
alimentación o primera necesidad y excluye la hostelería y restauración. Las
puestos de venta tendrán que estar separados por una vía de tránsito y con una
distancia mínima de seis metros entre ellos. Se permite una separación mínima
de 2,5 metros entre los laterales.
Además, dentro de un
mismo puesto de venta, los trabajadores deberán guardar una distancia mínima
entre ellos de dos metros, «quedando restringida la actividad comercial a un
único operador en caso de que las medidas del puesto no hagan posible esta
separación física».
Asimismo, se marcará un
distanciamiento de dos metros entre el puesto de venta y la clientela,
señalizado con cinta adhesiva o cualquier otro tipo de medio. Esta medida se
establecerá también para los clientes en espera.
Los mercados tendrán que
garantizar la vigilancia de que se cumple el distanciamiento social y deberán
disponer de un dispensador de hidrogel o cualquier otro tipo de desinfectante,
cuyo uso será obligatorio para acceder el espacio de compra.
Solo los vendedores
podrán tocar el género, usando siempre guantes de protección y mascarilla. Los
puestos se tendrán que desinfectar con frecuencia y al finalizar la jornada.
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