Detectan más de 60 sustancias prohibidas en cítricos procedentes de Sudáfrica
+ TURIA | La Unió de Llauradors hace público un
estudio que detalla en el análisis aparecen 13 materias “altamente peligrosas”
Los productores de
cítricos de Sudáfrica pueden utilizar 62 materias activas de productos
fitosanitarios cuyo uso está prohibido para los de la Unión Europea, según un
estudio presentado hoy en rueda de prensa por LA UNIÓ de Llauradors junto a la
Asociación Valenciana de Consumidores y Usuarios (AVACU) a través de un
laborioso proceso de trabajo efectuado por sus servicios técnicos.
El estudio de la
organización agraria se ha hecho sobre las 305 principales materias activas que
se utilizan en la citricultura. De esas 62 utilizadas en Sudáfrica, la
Organización Mundial de la Salud tiene calificadas a 13 como extremada o
altamente peligrosas. LA UNIÓ quiere dejar claro que en el estudio no se han
realizado por el momento analíticas a las producciones importadas y es función
de las diferentes Administraciones el control de esas sustancias activas en los
productos que llegan a los mercados europeos.
La Comisión Europea
establece niveles máximos de residuos (LMR) para pesticidas, es decir, los
niveles más altos de residuos de pesticidas que son legalmente tolerados en los
alimentos, incluidos los productos importados. Se aplica un LMR predeterminado
general de 0,01 mg/kg cuando no se menciona específicamente un pesticida. Los
agricultores, comerciantes e importadores tienen que cumplir con los LMR porque
son responsables de la inocuidad de los alimentos.
Del estudio hecho por LA
UNIÓ se comprueba que de las 13 materias catalogadas como extremada o altamente
peligrosas utilizadas en Sudáfrica, 4 tienen un Límite Máximo de Residuos (LMR)
superior al límite más bajo predeterminado (0,01 mg/kg). Y un pesticida y un
nematicida en particular superan hasta 5 y 10 veces, respectivamente, ese LMR
más bajo. En este sentido, LA UNIÓ reclama para una protección efectiva de los
consumidores eliminar el nivel máximo de residuos (LMR) predeterminado general
para pesticidas de 0,01 mg/kg y establecerse en 0 mg/kg para los pesticidas no
autorizados en la Unión Europea. Además, los límites máximos de residuos (LMR)
se tiene que establecer según los criterios estrictos de la Unión Europea y no a
petición del país exportador.
En el estudio también se
analiza desde un punto de vista toxicológico las 20 materias activas de
pesticidas que se utilizan para el control de plagas o enfermedades en
citricultura (como el Citrus Black Spot-CBS o la Thaumatotibia leucotreta) que
tienen su uso prohibido en la UE, pero que se emplean habitualmente en
Sudáfrica. Las conclusiones son evidentes para la salud humana porque según la
Organización Mundial de la Salud 6 de ellas tienen un riesgo cancerígeno
probable, 5 tienen efecto seguro sobre la reproducción humana y 7 un efecto
probable sobre la reproducción humana. La entrada de una plaga de esta magnitud
en nuestro territorio podría ser un auténtico drama y los cálculos indican que
si el CBS se introdujera los costes de la citricultura se elevarían un 40% y la
harían totalmente inviable.
Tanto Carles Peris,
secretario general de LA UNIÓ como Fernando Moner, presidente de AVACU, han
insistido hoy en “comprobar el origen y apostar por comprar los productos más
cercanos porque garantizan los estándares más exigentes de calidad,
sostenibilidad, seguridad y respeto medioambiental”.
LA UNIÓ se ha
entrevistado en los últimos meses con la Direcció General de Salut Pública de
la Generalitat Valenciana, la Agencia Española de Consumo, Seguridad
Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) y ha contactado también con la Autoridad
Europea de Seguridad Alimentaria -EFSA-. A partir de la presentación hoy de
este estudio se va a trasladar también a la Comisión Europea, a los
consumidores europeos y al Parlamento Europeo a través de los eurodiputados que
salgan elegidos tras las elecciones del próximo 26 de mayo.
LA UNIÓ, ante esta
situación de competencia desleal y discriminación de nuestros productores a
pesar de ser europeos, pide una reciprocidad y por tanto la prohibición de
importación de cítricos de países terceros que tengan autorizado la utilización
de materias activas cuyo uso está prohibido en la Unión Europea y, especialmente,
aquellas catalogadas por la OMS como extremada o altamente peligrosas.
Del mismo modo LA UNIÓ
pide la realización de analíticas a todas las entradas de cítricos en
territorio de la Unión Europea procedentes de países terceros, con el fin de
rechazar los envíos con detección de materias activas no autorizadas en la UE y
garantizar, así, que no sean distribuidas en los Estados miembros. Los acuerdos
comerciales tienen que contemplar la obligatoriedad que los países que exportan
en la Unión Europea tienen que asegurar el estricto cumplimiento de las normas
fitosanitarias comunitarias.
Solicita también una
unificación a nivel comunitario de los criterios y normas de inspección
fitosanitarias en frontera, la prohibición de la importación de cítricos procedentes
de zonas con plagas y enfermedades declaradas de cuarentena por la Unión
Europea; así como establecer la obligatoriedad del tratamiento en frío para las
importaciones de países terceros con plagas de cuarentena y según los criterios
que establezca la Unión Europea y no los que trasladan estos países terceros.
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