Riba-roja apuesta por dinamizar el mercado ambulante


+ TURIA | El pleno del Ayuntamiento aprueba una nueva ordenanza que dotará de mayor estabilidad a la venta no sedentaria
Riba-roja dispondrá de un mercado ambulante con una oferta comercial más atractiva y adecuada a las necesidades de consumo actuales, gracias a la nueva Ordenanza reguladora de venta no sedentaria de los lunes, aprobada en pleno por unanimidad de todos los grupos políticos. Esta normativa dotará además de mayor estabilidad al mercado que semanalmente se ubica en la Avenida de la Paz de la localidad.

La ordenanza deroga la norma de 2012 e incluye como novedad el procedimiento “Al fallo”, lo que fomentará la ocupación total del mercado. De esta forma, aquellos puestos que no sean cubiertos por su titular durante una jornada de lunes, podrán ser ocupados por vendedores ocasionales evitando así los huecos en el recinto.
Asimismo, con la aprobación de la nueva ordenanza se agilizará la tramitación administrativa y la gestión de cobros y se eliminará la limitación de autorizaciones por integrarse en una misma forma jurídica, como pertenecer a la misma cooperativa ya existente en el mercado.
“Con esta nueva ordenanza pretendemos dinamizar el mercado ambulante, con una oferta más atractiva para el consumidor que actúe como complemento al resto de comercios de la zona y negocios del sector de la restauración ubicados en la Avenida de la Paz”, asegura el concejal de Comercio, Rafa Folgado.
Las autorizaciones municipales para el ejercicio de la venta no sedentaria se otorgarán mediante concurrencia competitiva y estarán destinadas a la venta al por menor para personas físicas, jurídicas o cooperativas, que dispondrán de la autorización municipal por un plazo de quince años.
La nueva ordenanza regula la venta de productos textiles y de marroquinería, calzados, artículos para el equipamiento del hogar, plantas y flores, artesanía, y ornato de pequeño volumen, alfarería y cerámica, juguetes y baratijas, loza, cristal y/o porcelana u otros análogos, bisutería, joyería. Asimismo se permite también la venta de productos alimenticios como frutas y verduras; charcutería y conservas; pastelería y bollería, siempre que cumplan la normativa sanitaria respecto a requisitos y forma de venta.
Además recoge los horarios de venta, que se establecen de 8:00 a 14:00 horas y los de descarga de mercancía en horario de 7:00 a 8:00 horas en la zona centro y el de recogida y carga desde las 14:00 a 14:30 horas, así como la dimensión de los puestos que serán de 4, 6, 8 y 10 metros.
En virtud de lo expuesto en la ordenanza, el Ayuntamiento podrá reservar, hasta un 5% de las plazas disponibles, para adjudicarlas a colectivos desfavorecidos y hasta un 5%, para  personas emprendedoras, con el objetivo de conseguir metas de integración social, de colectivos desfavorecidos o asegurar el acceso de personas emprendedoras a la actividad. En todo caso, estos adjudicatarios deberán cumplir los requisitos, para el ejercicio de la venta no sedentaria, que figuran en la presente ordenanza.
Asimismo el Ayuntamiento creará y mantendrá un Registro municipal de comerciantes de venta no sedentaria autorizados que se celebren en el término municipal.

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