Riba-roja apuesta por dinamizar el mercado ambulante
+ TURIA | El pleno del Ayuntamiento aprueba una
nueva ordenanza que dotará de mayor estabilidad a la venta no sedentaria
Riba-roja dispondrá de
un mercado ambulante con una oferta comercial más atractiva y adecuada a las
necesidades de consumo actuales, gracias a la nueva Ordenanza reguladora de
venta no sedentaria de los lunes, aprobada en pleno por unanimidad de todos los
grupos políticos. Esta normativa dotará además de mayor estabilidad al mercado
que semanalmente se ubica en la Avenida de la Paz de la localidad.
La ordenanza deroga la
norma de 2012 e incluye como novedad el procedimiento “Al fallo”, lo que
fomentará la ocupación total del mercado. De esta forma, aquellos puestos que
no sean cubiertos por su titular durante una jornada de lunes, podrán ser
ocupados por vendedores ocasionales evitando así los huecos en el recinto.
Asimismo, con la
aprobación de la nueva ordenanza se agilizará la tramitación administrativa y
la gestión de cobros y se eliminará la limitación de autorizaciones por
integrarse en una misma forma jurídica, como pertenecer a la misma cooperativa
ya existente en el mercado.
“Con esta nueva
ordenanza pretendemos dinamizar el mercado ambulante, con una oferta más
atractiva para el consumidor que actúe como complemento al resto de comercios
de la zona y negocios del sector de la restauración ubicados en la Avenida de
la Paz”, asegura el concejal de Comercio, Rafa Folgado.
Las autorizaciones
municipales para el ejercicio de la venta no sedentaria se otorgarán mediante
concurrencia competitiva y estarán destinadas a la venta al por menor para
personas físicas, jurídicas o cooperativas, que dispondrán de la autorización
municipal por un plazo de quince años.
La nueva ordenanza
regula la venta de productos textiles y de marroquinería, calzados, artículos
para el equipamiento del hogar, plantas y flores, artesanía, y ornato de
pequeño volumen, alfarería y cerámica, juguetes y baratijas, loza, cristal y/o
porcelana u otros análogos, bisutería, joyería. Asimismo se permite también la
venta de productos alimenticios como frutas y verduras; charcutería y
conservas; pastelería y bollería, siempre que cumplan la normativa sanitaria
respecto a requisitos y forma de venta.
Además recoge los
horarios de venta, que se establecen de 8:00 a 14:00 horas y los de descarga de
mercancía en horario de 7:00 a 8:00 horas en la zona centro y el de recogida y
carga desde las 14:00 a 14:30 horas, así como la dimensión de los puestos que
serán de 4, 6, 8 y 10 metros.
En virtud de lo expuesto
en la ordenanza, el Ayuntamiento podrá reservar, hasta un 5% de las plazas
disponibles, para adjudicarlas a colectivos desfavorecidos y hasta un 5%,
para personas emprendedoras, con el
objetivo de conseguir metas de integración social, de colectivos desfavorecidos
o asegurar el acceso de personas emprendedoras a la actividad. En todo caso,
estos adjudicatarios deberán cumplir los requisitos, para el ejercicio de la
venta no sedentaria, que figuran en la presente ordenanza.
Asimismo el Ayuntamiento
creará y mantendrá un Registro municipal de comerciantes de venta no sedentaria
autorizados que se celebren en el término municipal.
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