La Mancomunidad del Rincón de Ademuz aprueba la regulación del Servicio de Ayuda a Domicilio
+ TURIA | El ente
comarcal prestará este servicio social a quien lo demande, previa valoración
por parte de los Servicios Sociales
La Mancomunidad del Rincón de Ademuz ha aprobado
de manera definitiva la ordenanza que regulará el Servicio de Ayuda a Domicilio
en los municipios que la componen: Ademuz, Casas Altas, Casas Bajas,
Castielfabib, Puebla de San Miguel, Torrebaja y Vallanca (y sus respectivas
aldeas).
Así el ente comarcal prestará este servicio
social a quien lo demande, eso sí, previa valoración por parte de los Servicios
Sociales, de la situación del peticionario, pudiendo ser usuarios de la
prestación de Ayuda a Domicilio todos aquellos individuos, familias u otras
unidades de convivencia que residan en cualquier municipio del Rincón de Ademuz
y que carezcan de autonomía personal de tipo parcial o total, temporal o
definitiva, para permanecer en su medio habitual de vida.
Con carácter prioritario se atenderán las
siguientes situaciones:
a. Carencia de familiares en primer y segundo
grado o que, teniéndolos, demuestren fehacientemente su incapacidad o
imposibilidad para asumir su responsabilidad familiar.
b. Situaciones de precariedad económica, cuando
la renta personal anual sea inferior al salario mínimo interprofesional. Se
entenderá por renta personal anual la suma de los ingresos que, por cualquier concepto,
perciba la unidad familiar dividida por el número de miembros que la integran.
Cuando se trate de personas que vivan solas, los ingresos se dividirán por 1,5
en compensación de gastos generales.
c. Familias en situación crítica por falta de un
miembro clave (hospitalización, internamiento temporal, etc.) o que, estando
los miembros clave, no ejerzan el rol que le corresponde.
d. Familias o miembros convivenciales con
situaciones relacionales conflictivas.
e. Usuarios incluidos en alguno de los programas
del Centro de Servicios Sociales que, de forma temporal, precisen de este
Servicio como parte de su tratamiento.
f. Ancianos que vivan solos o con otras personas
mayores con autonomía personal limitada.
g. Personas con grado de discapacidad física,
psíquica o sensorial superior al 65%.
h. Los menores cuyas familias no pueden
proporcionarles el cuidado y atención en las actividades básicas de la vida
diaria que en su propio domicilio requieren.
3. No podrán acceder a la prestación aquellos
solicitantes que perciban otras prestaciones o servicios de análogo contenido o
finalidad por parte de otra Entidad Pública.
Para poder acceder a la Prestación de Ayuda a
Domicilio, será necesario cumplir los siguientes requisitos:
a. Estar empadronados y con una residencia
continuada en cualquier Municipio del Rincón de Ademuz.
b. Estar dentro de alguno de los grupos de
personas especificadas
c. Alcanzar la puntuación mínima exigida según
el baremo.
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