La Mancomunidad del Rincón de Ademuz aprueba la regulación del Servicio de Ayuda a Domicilio

+ TURIA | El ente comarcal prestará este servicio social a quien lo demande, previa valoración por parte de los Servicios Sociales
La Mancomunidad del Rincón de Ademuz ha aprobado de manera definitiva la ordenanza que regulará el Servicio de Ayuda a Domicilio en los municipios que la componen: Ademuz, Casas Altas, Casas Bajas, Castielfabib, Puebla de San Miguel, Torrebaja y Vallanca (y sus respectivas aldeas).

Así el ente comarcal prestará este servicio social a quien lo demande, eso sí, previa valoración por parte de los Servicios Sociales, de la situación del peticionario, pudiendo ser usuarios de la prestación de Ayuda a Domicilio todos aquellos individuos, familias u otras unidades de convivencia que residan en cualquier municipio del Rincón de Ademuz y que carezcan de autonomía personal de tipo parcial o total, temporal o definitiva, para permanecer en su medio habitual de vida.
Con carácter prioritario se atenderán las siguientes situaciones:
a. Carencia de familiares en primer y segundo grado o que, teniéndolos, demuestren fehacientemente su incapacidad o imposibilidad para asumir su responsabilidad familiar.
b. Situaciones de precariedad económica, cuando la renta personal anual sea inferior al salario mínimo interprofesional. Se entenderá por renta personal anual la suma de los ingresos que, por cualquier concepto, perciba la unidad familiar dividida por el número de miembros que la integran. Cuando se trate de personas que vivan solas, los ingresos se dividirán por 1,5 en compensación de gastos generales.
c. Familias en situación crítica por falta de un miembro clave (hospitalización, internamiento temporal, etc.) o que, estando los miembros clave, no ejerzan el rol que le corresponde.
d. Familias o miembros convivenciales con situaciones relacionales conflictivas.
e. Usuarios incluidos en alguno de los programas del Centro de Servicios Sociales que, de forma temporal, precisen de este Servicio como parte de su tratamiento.
f. Ancianos que vivan solos o con otras personas mayores con autonomía personal limitada.
g. Personas con grado de discapacidad física, psíquica o sensorial superior al 65%.
h. Los menores cuyas familias no pueden proporcionarles el cuidado y atención en las actividades básicas de la vida diaria que en su propio domicilio requieren.
3. No podrán acceder a la prestación aquellos solicitantes que perciban otras prestaciones o servicios de análogo contenido o finalidad por parte de otra Entidad Pública.
Para poder acceder a la Prestación de Ayuda a Domicilio, será necesario cumplir los siguientes requisitos:
a. Estar empadronados y con una residencia continuada en cualquier Municipio del Rincón de Ademuz.
b. Estar dentro de alguno de los grupos de personas especificadas
c. Alcanzar la puntuación mínima exigida según el baremo.

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