La plaga de la avispilla del almendro se extiende por la provincia
+ TURIA | Se ha detectado su presencia en las
comarcas del Alto Palancia, Hoya de Buñol, Ribera Alta, Vall d’Albaida,
l’Alacantí, Marina Baixa y l’Alcoià
La Conselleria de
Agricultura ha actualizado la situación de la plaga de la avispilla del
almendro Eurytoma amygdali (Enderlein) en el territorio de la Comunitat
Valenciana y adopta medidas fitosanitarias de control para evitar su
propagación.
Se detectó por primera
vez en la Comunitat Valenciana tras la campaña de 2015. En febrero de 2018
Conselleria declaraba la existencia de la plaga, se calificaba de utilidad
pública la lucha contra la misma y se establecían las medidas fitosanitarias
que debían adoptar los propietarios de parcelas afectadas.
Pese a estas medidas la
plaga ha continuado su progresión en las explotaciones de almendros de
diferentes comarcas, por lo que se considera ahora conveniente actualizar la
resolución anterior con la inclusión de las comarcas del Alto Palancia, Hoya de
Buñol, Ribera Alta, Vall d’Albaida, l’Alacantí, Marina Baixa y l’Alcoià, que se
suman a las de Utiel-Requena, Valle de Ayora, Alt Vinalopó, Vinalopó Mitjà.
La nueva Resolución
especifica que los propietarios de almendros afectados por la plaga de la
avispilla (Eurytoma amygdali) de todas esas comarcas deberán:
– retirar y destruir las
almendras afectadas antes de la salida de los adultos de avispilla para no
contribuir a la diseminación de la plaga,
– realizar los
tratamientos fitosanitarios en los momentos adecuados y con los productos
recomendados por los servicios técnicos con competencias en materia de sanidad
vegetal de la Conselleria de Agricultura,
– extremar las medidas
de limpieza de la maquinaria de recolección para evitar que restos de almendras
afectadas constituyan focos de dispersión de la plaga.
Lo anteriormente
expuesto será de aplicación en el caso de los cultivos abandonados y árboles
diseminados con almendras afectadas por la plaga de la avispilla, de acuerdo
con el artículo 13 de la Ley 43/2002 de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.
Asimismo, los almacenes
receptores de almendra deberán destruir las almendras afectadas por la plaga de
la avispilla recibidas en sus instalaciones.
En caso de
incumplimiento de las medidas fitosanitarias obligatorias, Conselleria podrá
aplicar el régimen de infracciones y sanciones reguladas en el título IV de la
Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.
Este insecto realiza en
primavera su puesta en la almendra recién cuajada, permaneciendo todo el año en
su interior alimentándose de la semilla. En la primavera siguiente, una vez
completado su ciclo biológico, practica un orificio en la cáscara por el que
sale al exterior. Esta salida coincide con la presencia de almendras de la
campaña siguiente.
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