Los sindicatos desconvocan las huelgas en el Metro de Valencia
+ TURIA | Se
suprimen los paros planificados para los días 5, 6, 8, 9, 10 y 12 de enero
Adiós a meses de conflictividad laboral y huelgas.
El director gerente de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), Juan
Andrés Sánchez Jordán, ha mostrado su "satisfacción" y ha valorado
"muy positivamente" el esfuerzo realizado de diálogo y negociación
para que finalmente los sindicatos hayan aceptado la propuesta de la empresa
que soluciona el conflicto del personal de circulación y conducción de
Metrovalencia y TRAM d'Alacant.
"Se pone así fin a una situación que
estaba perjudicando injustamente a los usuarios de València y Alicante, que
eran quienes más estaban sufriendo los paros día tras día", ha indicado.
El principio de acuerdo alcanzado el pasado 22 de
diciembre entre la Dirección FGV y el Comité de Huelga del personal de
circulación y conducción de Metrovalencia y TRAM d'Alacant, compuesto por los
sindicatos UGT, CCOO, SIF y SCF, ha sido ratificado por las asambleas de
trabajadores y conlleva, como primera consecuencia, la desconvocatoria de los
paros previstos para el presente mes de enero en el metro de Valencia y en la
red del TRAM d'Alacant.
Sánchez Jordán ha destacado que, al final,
"el esfuerzo de diálogo y la voluntad de alcanzar un acuerdo por parte de
FGV y la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio,
ha hecho posible obtener el consenso necesario para el cese de unas
movilizaciones que se han prolongado en exceso en el tiempo de forma
injusta".
En opinión del director gerente, "todas las
partes han salido beneficiadas con el acuerdo, la normalidad volverá al
servicio, se han contemplado medidas justas y se ha desbloqueado la negociación
del XIII Convenio Colectivo que estaba suspendida mientras durasen los
paros".
De esta forma, se suprimen los paros planificados
por los sindicatos para los días 5, 6, 8, 9, 10 y 12 en Metrovalencia, lo que
permitirá, por ejemplo, ofrecer con normalidad el día 5 los servicios
especiales con motivo de la Cabalgata de Reyes de València y las últimas
compras navideñas. En el TRAM d'Alacant no se producirán las movilizaciones
anunciadas para las jornadas 5, 6, 8, 10 y 12.
El acuerdo alcanzado recoge las propuestas
iniciales que planteó la empresa que contemplan mejoras de las condiciones de
trabajo del colectivo del personal de conducción y circulación. Entre las
propuestas incluidas se amplía en dos días la formación anual del personal de
circulación, que se fija ahora en cuatro jornadas y ofrece abonar los gastos
ocasionados por los desplazamientos para la realización de la formación y de
los reconocimientos médicos y pruebas para el mantenimiento de las habilitaciones.
Actualmente, estos desplazamientos no se abonan. Asimismo, se establecen nuevos
plazos para realizar una nueva evaluación psicológica, con el fin de obtener o
renovar el certificado en la habilitación: 1 año para las evaluaciones de
inicio y 3 meses para la renovación.
Además, se garantiza que en un plazo máximo de 24
horas tendrá lugar la reubicación de un agente que haya resultado "no
apto" en una renovación de la habilitación, durante el tiempo que medie
hasta la siguiente evaluación. En este sentido, si en ese plazo no se ha podido
concretar una vacante adecuada, se le reubicará en un puesto de Atención al
Cliente siempre que no exista un puesto cercano a su residencia laboral y el
trabajador afectado opte por ello.
Por otro lado, se establece un descanso de 10
minutos cada 2 horas para los Reguladores de Puesto de Mando en aquellas
situaciones denominadas "degradadas" en las que no quepa realizar
pausas para prevenir fatiga física, visual y mental, y que la duración mínima
de la jornada diaria se establezca en 6 horas, incluyendo los tiempos de toma y
deje correspondientes. En el caso de que fuera menor, se computarán dichas 6
horas como jornada de ese día.
Entre otras cuestiones planteadas, se estipula un
límite máximo de 8 días continuados de trabajo en ciclos diurnos y 4 días de
trabajo nocturnos consecutivos, salvo en el caso de los maquinistas de tracción
diésel, en los que no se podrán superar los 5 días consecutivos de trabajo más
la Brigada de Atención Permanente. Ambos límites podrán superarse hasta los 10
días siempre que sea por voluntad del trabajador o transitoriamente en
supuestos de servicios especiales (Hogueras, Fallas, San Juan) programados
hasta que se establezca una nueva regulación sobre los mismos.
Cuando por algún motivo haya de superarse la
jornada ordinaria diaria, a partir del 1 de enero de 2018 no se podrán realizar
más de 10 horas, incluyendo las horas extras, frente a las 12 horas actuales.
Este límite se fijará en 9 horas y 30 minutos a partir del 1 de enero de 2019.
Por último, la dirección de la empresa se ha
comprometido a la revisión del Reglamento Disciplinario de FGV, en el seno de
la Comisión Negociadora del XIII Convenio Colectivo de FGV, que deberá adecuar
el Reglamento de Faltas y Sanciones de FGV al régimen sancionador que determine
la futura Ley de la Generalitat de Seguridad Ferroviaria, que actualmente se
encuentra en tramitación parlamentaria. Esa adecuación contemplará los
supuestos de concurrencia normativa para evitar situaciones de doble imposición
en casos de responsabilidad penal, civil y administrativa. Todo ello, al objeto
de regular y adaptar en el convenio colectivo de FGV a las garantías jurídicas
en términos similares a las estipuladas en otras explotaciones ferroviarias y
siempre en consonancia con la normativa legal vigente.
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